Nuestros Objetivos como Asociación Civil
  1. Promover el deporte de la cacería responsable y sustentable y el tiro competitivo y a la vez, trabajar en conjunto con nuestras autoridades civiles y militares para facilitarnos el libre ejercicio de nuestro deporte.

  2. La asociación gozara de personalidad jurídica y de la capacidad de obrar necesaria para el cumplimiento de sus fines, ante toda persona física y moral, publica y privada, nacional o extranjera, funcionando como órgano de representación, asesoria, gestión y defensa de los intereses comunes de sus miembros en todo lo relacionado a la posesión, colección y uso de armas de fuego deportivas, sus cartuchos, municiones, equipos, materiales, incluyendo, enunciativa mas no limitativamente, la importación y exportación, de armas de fuego deportivas para actividades cinegéticas y competencias de tiro, la colección de armas de fuego deportivas, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, el deporte de la cacería responsable y sustentable.

  3. La defensa jurídica de los asociados ante las acciones, sanciones y vulneraciones que de los derechos de los mismos pudieran producirse.

  4. Pugnar por que la legislación que regula la posesión, transporte, almacenamiento, compra, venta, distribución, uso y disfrute en todo lo relacionado a la posesión y uso de armas de fuego, cartuchos, municiones, componentes de recarga, incluyendo, enunciativa mas no limitativamente, su importación y exportación para excursiones cinegéticas y competencias de tiro, la colección de armas de fuego, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, el deporte de la cacería responsable y sustentable, entre otros, refleje criterios actuales, sensatos, dinámicos, justificables y favorables a sus miembros en base a la legitimidad de sus derechos y actividades.

  5. Recabar el reconocimiento y apoyo institucional a los diversos fines que busca la asociación, participando de tal manera que se tengan en cuenta su opinión e intereses en las negociaciones sobre las posibles reformas legislativas que puedan afectar sus intereses, contando con el reconocimiento y respeto de sus derechos como sector, en todo lo relacionado con las diversas disciplinas deportivas como son la caza y el tiro, en todas sus modalidades, así como con respecto a la colección, posesión, aportación de armas de fuego, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, el deporte de la cacería responsable y sustentable.

  6. Elevar a los poderes públicos, las iniciativas, aspiraciones y reclamaciones de los asociados, en cuanto estas tengan carácter general o afecten sus derechos.

  7. Orientar, asistir, proveer y proporcionar asesoria técnica y legal, por si o por medio de terceros, en establecimientos propios o ajenos, a sus miembros.

  8. Entablar juicios, interponer todo tipo de recursos, procedimientos, acciones y apelaciones en defensa de los derechos e intereses de sus asociados en contra de los acuerdos, sentencias, resoluciones, provisiones que estimen lesivos, adoptados por autoridades de los tres niveles de gobierno que afecten los fines de la asociación y sus integrantes.

  9. Proporcionar orientación y educación a toda clase de personas en la posesión y uso de armas de fuego deportivas, incluyendo, enunciativa mas no limitativamente, su colección, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, el deporte de la cacería responsable y sustentable.

  10. Fomentar la ética cinegética a través de foros, eventos, seminarios y talleres, dentro y fuera de la Republica Mexicana.

  11. Promover y fomentar la ética cinegética entre sus miembros y la población en general, a través de eventos, seminarios, clases y conferencias tendientes a difundir la cacería responsable y conservación de los recursos naturales.

  12. Colaborar y promover con toda clase de autoridades, de organismos e instituciones, públicos y privados, nacionales y extranjeros, el uso adecuado, responsable y seguro de armas de fuego.

  13. Crear mecanismos de cooperación, colaboración y defensa, con las diferentes Asociaciones, Federaciones deportivas de tiro y caza, Organizaciones no Gubernamentales y dependencias de gobierno, federales, estatales y municipales, nacionales y extranjeras, relacionadas con la posesión y uso de armas de fuego deportivas, incluyendo, enunciativa mas no limitativamente, cartuchos y municiones, materiales equipos y componentes de recarga, la colección de armas deportivas, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, el deporte de la cacería responsable y sustentable.

  14. Elaborar, apoyar y promover programas de capacitación y educación para apoyar, difundir, apoyar y defender la posesión y uso de armas de fuego deportivas, su colección, el deporte del tiro, en todas sus modalidades, de manera responsable y competitiva así como el ejercicio del deporte de la cacería responsable y sustentable.

  15. Proponer y promover mecanismos para la adquisición de armas deportivas, municiones y componentes para recarga en los diversos estados de la Republica, actuando siempre dentro del marco legal.

  16. Realizar todo tipo de eventos y cursos educativos, culturales, deportivos, artísticos y espectáculos en general, que tengan como propósito la consecución del objeto social de la asociación.

  17. Prestar a personas físicas y morales, publicas o privadas, nacionales o extranjeras, servicios de asesoria, representación, defensoria, gestoría, capacitación, organización de ferias, eventos deportivos, concursos, seminarios, diplomados, cursos, coordinación, diseño, mercadotecnia, planeación, defensoria, peritaje, la elaboración como la ejecución de programas acordes, derivados y/o relacionados con los fines de la asociación, fijando para ello, y recabando, las cuotas de recuperación correspondientes a cada caso y cada servicio prestado, con el propósito de generar fondos para el óptimo logro de los fines de la asociación.

  18. El diseño, promoción, distribución, importación y exportación, compra y venta de artículos promocionales, con el propósito de generar fondos para el óptimo logro de los fines de la asociación.

  19. Promover y organizar, enunciativa mas no limitativamente, eventos deportivos, de tiro y pesca, campamentos de verano, excursiones de caza y pesca en México y en el extranjero, organización de ferias, congresos y exposiciones, concursos, seminarios, diplomados, cursos, programas de capacitación, con el propósito de generar fondos para el óptimo logro de los fines de la asociación.

  20. Cooperar con las autoridades federales, estatales y municipales, instituciones publicas y privadas, organismos no gubernamentales, en forma amplia y coordinada, en la planeación y ejecución de actividades de conservación de recursos naturales, flora y fauna, incluidos los programas emanados de la implementación de programas de previsión y atención de los mismos.

  21. Fomentar los contactos e intercambios de información con otras asociaciones con objetivos similares, así como organismos públicos y privados cuyos fines sean afines a los objetivos de la Asociación.

  22. Obtener de personas físicas y morales, publicas o privadas, nacionales o extranjeras, la cooperación técnica, científica y económica que se requiera para la consecución de los diversos fines de la asociación.

  23. La adquisición, posesión y administración por cualquier medio legal de los bienes muebles e inmuebles, ya sean en México o en el extranjero, necesarios ó convenientes para la realización de los objetos sociales anteriores, en el entendido que todos los ingresos y activos generados o que se lleguen a generar por la Asociación se destinarán en su totalidad única y exclusivamente a la realización de los fines propios de la misma.

  24. Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos de naturaleza civil, mercantil, administrativa o educativa que sean necesarios para la realización de los fines institucionales.

  25. Elaborar y participar activamente en programas de conservación de la vida silvestre y su hábitat natural como sector.

  26. Aceptar donaciones de bienes muebles e inmuebles que permitan a la asociación cumplir con sus objetos sociales.

  27. Abrir y cerrar cuentas bancarias, en México como en el extranjero, así como girar cheques a cargo de las mismas y autorizar a las personas que deberán firmar los cheques correspondientes.

  28. La obtención de préstamos, con o sin garantía, el otorgamiento de hipotecas, prendas, fianzas o cualquier otro tipo de garantías a fin de garantizar obligaciones propias que tengan por finalidad la realización y ejecución de los objetos sociales anteriores.

  29. Suscribir, otorgar, endosar, garantizar y ceder títulos de crédito y cualquier otra clase de documentos y créditos documentarios, así como otorgar garantías respecto de toda clase de pagos que sean necesarios o convenientes para la realización de los objetos sociales anteriores.

  30. En general, la celebración, dentro o fuera de la República Mexicana, de todo tipo de actos, contratos o convenios, que se requieran o sean convenientes para la realización de los objetos sociales anteriores.

  31. La asociación no tendrá fines de lucro ó de especulación comercial.
    La Asociación se constituye exclusivamente como entidad dedicada a los fines establecidos en la fracción XII (doce) del artículo 95 (noventa y cinco) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y en cumplimiento a dicho precepto legal la Asociación en forma irrevocable para los asociados presentes y futuros que pueda llevar a tener, se obliga a lo siguiente:

    a. Realizará sus actividades con la finalidad primordial del cumplimiento de su objeto social como institución no lucrativa.
    b. Destinará sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales autorizadas a las que se refiere el artículo noventa y siete de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, ó se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
    c. Que al momento de su liquidación y con motivo de la misma, destinará la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de los incisos a) y b) de la fracción I del artículo veinticuatro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
    d. Mantendrá a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, así como al cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el plazo y en los términos que mediante reglas de carácter general fije el Servicio de Administración Tributaria.

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